Básquet

La respuesta de Federación con Todos

Sigue latente el conflicto en la Federación de Básquetbol de la Provincia de Buenos Aires, y ahora llegó el turno de la réplica para las asociaciones sancionadas por la Confederación Argentina de Básquet
miércoles, 18 de noviembre de 2020 · 09:23

Ya lo había adelantado el presidente de la Asociación Básquetbol Chivilcoy (Narciso Yovovich) en una nota que publicamos el pasado fin de semana. El grupo de asociaciones afiliadas a la Federación de Básquet de Provincia “sancionadas” por la Confederación Argentina no se iba a quedar en el molde, e inclusive anticipó el inicio de acciones legales correspondientes ante el tribunal competente y/o ante los organismos administrativos que correspondan. En el día de ayer, ratificando esta postura, la Agrupación Federación con Todos (integrada por las asociaciones de La Plata, Bahía Blanca, Mar del Plata, Chivilcoy, Tres Arroyos, Necochea, entre otras), hizo pública la respuesta a las sanciones, expresando lo siguiente: “Por la presente queremos manifestar nuestro categórico rechazo a la suspensión preventiva de la afiliación institucional emitida por el consejo directivo de la Confederación Argentina de Básquetbol a las siguientes asociaciones: Asociación de Básquetbol de Necochea, Asociación Bahiense de Básquet, Asociación Básquetbol Chivilcoy, Asociación Marplatense de Básquetbol, Asociación Platense de Básquetbol y Asociación Tresarroyense de Básquet, por considerarla improcedente e ilegal. Por cuestiones de hecho y jurídicas entendemos que, de persistir tal resolución, manifestamos que:

A) tal decisión excede sus facultades y contraría la autonomía federativa, consagrada en el art. 8 de Estatuto CABB;

B) Conforme lo establecen los artículos 51 y 52 del Estatuto de la Confederación Argentina de Básquetbol, la Mesa Directiva es el ente ejecutor del Consejo Directivo. Las disposiciones que adopte serán de aplicación inmediata y tendrán vigencia mientras el Consejo Directivo no adopte al respecto, resoluciones contrarias. Pero ellas deben estar basadas en una facultad afín al hecho, que no se da en este caso;

C) Pues el art. 16º de la CABB, establece expresamente “…Será suspendida en el goce de los derechos de afiliación por el término que el Consejo Directivo determina y que en ningún caso podrá ser mayor de ciento ochenta días (180), la afiliada que haya incurrido en: a) Falta grave que no encuadre en el artículo anterior ni constituya violación al Estatuto, Reglamentos y Códigos de la C.A.B.B.; b) Falta de pago de las obligaciones económicas que, en mi carácter de afiliada la crea el artículo 14 de éste Estatuto. En este supuesto, la suspensión será automática a partir del undécimo (11°) día del vencimiento del término estatutario para efectuar el pago; c) no cumplir el calendario deportivo previsto en el artículo 7°…”. Ninguno de estos casos resulta aplicable al accionar de las asociaciones que representamos;

D) El Consejo Directivo o el Presidente junto al Secretario de la CABB no tienen facultades para suspender preventivamente a una Asociación y mucho menos a las que representan al 70 por ciento de los clubes de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Disciplina de la entidad a efectos de su tramitación.

E) Constituye posición de la Asociación de Básquetbol de Necochea, de la Asociación Bahiense de Básquet, de la Asociación Básquetbol Chivilcoy, de la Asociación Marplatense de Básquetbol, de la Asociación Platense de Básquetbol y de la Asociación Tresarroyense de Básquet, no admitir la injerencia de la CABB en el marco del ejercicio abusivo, contrario a la ley y del Estatuto de la F.B.P.B.A.

Por otra parte, en el marco de nuestros derechos asociativos ante la F.B.P.B.A., le hacemos saber que la Asociación de Básquetbol de Necochea, de la Asociación Bahiense de Básquet, de la Asociación Básquetbol Chivilcoy, de la Asociación Marplatense de Básquetbol, de la Asociación Platense de Básquetbol y de la Asociación Tresarroyense de Básquet ratifican ante Ud. los términos de nuestra notificación formulada mediante acta notarial nro. 103 llevada a cabo a los 26 días del mes de Octubre de 2020, en la que le notificáramos al Presidente de la Federación, señor Miguel Chami, no sólo nuestra vigencia como miembros del Consejo Directivo de la Federación, sino también su negativa a contestar, informar y convocar tanto a las asociaciones que representamos, como al resto de las asociaciones que formamos parte del referido Consejo. Además, no podemos menos que expresar:

1) Tengo presente que las resoluciones que emite el Presidente Chami (quien debió cesar en la representación de la Federación a partir del día 15 de Diciembre de 2019 conf. Art. 60 de la CABB), las hace desde su centro de vida (Paraguay 269 de la ciudad de Junín Provincia de Buenos Aires) y sin que el consejo directivo actúe en el marco del estatuto que nos rige;

2) Que el consejo según acta de reunión del día 09 de Mayo del corriente año, resolvió que las decisiones del Consejo Directivo continúan vigentes en el marco de los artículos 16 y 17 de nuestro estatuto (la grabación de dicha reunión se encuentra en nuestro poder) y expresamente no se autorizó al señor Chami a emitir resoluciones ad referéndum de lo decido por el Consejo Directivo;

3) Que el señor Miguel Chami continúa emitiendo resoluciones, tal como lo acredita la misiva enviada el día 13 de Octubre del 2020 y lo hace desde su casa en la ciudad de Junín, Provincia de Buenos Aires;

4) Que las oficinas de nuestra sede en la ciudad de La Plata se encuentran totalmente cerradas tal como surge de las notificaciones de las cartas documento enviadas a ese domicilio que así lo acreditan;

5) Que todo lo que hace Chami en representación de la F.B.P.B.A., lo hace desde su domicilio personal tal como ustedes reconocen. Circunstancia que más allá de vuestra pretendida objeción, injustificada e infundada en la resolución 05/2020, nos legitima sin lugar a dudas a requerirle por el medio que pretendamos, que se abstenga de continuar con su proceder;

6) Que Miguel Chami presidente de la Federación y Vicepresidente 1ro de la C.A.B.B. el día 13 de Octubre de 2020, suscribió como presidente de la F.P.B.P.B.A, una misiva inconsulta con el consejo directivo, del que la Asociación de Básquetbol de Necochea, de la Asociación Bahiense de Básquet, de la Asociación Básquetbol Chivilcoy, de la Asociación Marplatense de Básquetbol, de la Asociación Platense de Básquetbol y de la Asociación Tresarroyense de Básquet forman parte, en la que, unilateralmente, comunicaba que la Asociación de Esteban Echeverría estaba acéfala por caducidad del mandato de su representante y ordenaba la aceptación a designar una comisión normalizadora. Todo ello contrariando la normativa vigente.

Señor presidente de la C.A.B.B. desconocemos los motivos que lo llevan a tomar resoluciones en contra de nuestros derechos asociativos y federativos en tanto las mismas, encuentran también, la clara violación de un sinnúmero de normas legales que no resulta necesario enunciar para justificar nuestro proceder. No menos importante y queremos dejar por escrito que, según documentación en nuestro poder, la Asociación Juninense de Básquetbol (legajo 14477), la Asociación de Olavarría, y la Asociación de San Nicolás, no encuentran reunida la documentación que ustedes nos exigen a nosotros en el marco del programa de institucionalidad de la CABB. Lo que eventualmente y para su oportunidad, estas Asociaciones suspendidas por usted, expondremos como elemento que permite acreditar su parcialidad, falta de objetividad y prejuzgamiento. Por todo esto ratificamos el abuso de derecho de vuestra parte, en relación a las asociaciones que representamos.

Por estos fundamentos y otros que haremos valer ante la justicia y/o ante los organismos que correspondan, rechazamos la pretensa e infundada decisión suya de suspendernos por defender nuestros derechos asociativos y federativos. Tal circunstancia revela un accionar doloso contra las asociaciones que representamos y expone su intención de desafectar, sin razón jurídica válida, ni fundamento, ni debido proceso previo en nuestra Federación, a aquellas instituciones, que han sido y seguirán siendo miembros del consejo directivo. Asimismo, notificamos que haremos valer nuestros derechos promoviendo las acciones legales correspondientes ante el Tribunal competente y/o ante los organismos administrativos que correspondan. Dese por notificado.

Comentarios

20/11/2020 | 07:24
#164795
atrodennnnn
19/11/2020 | 10:36
#164794
Pablito que obsecuente sos no publicas nada de lo que fuese contra Yovovich,ahora publicar el resultado de la asamblea del dia 18-11-20 en Federacion que eligieron a Chami de nuevo