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Cambios en las indemnizaciones por enfermedades laborales: ¿Cómo le afecta el nuevo sistema de febrero?

A partir de febrero de 2026, entra en vigencia un nuevo sistema de evaluación para los accidentes y enfermedades profesionales (Decreto 549/2025). Estos cambios impactan directamente en el cálculo de las indemnizaciones. Sepa qué hacer para proteger su derecho.

Si usted padece una dolencia derivada de su trabajo, es fundamental que conozca los cambios legales que comenzarán a regir en pocos días. El nuevo Baremo Laboral (la tabla que determina el porcentaje de incapacidad) modifica la forma en que se evalúan las lesiones, y en muchos casos, los nuevos valores son significativamente menores a los actuales. ¿Cuáles son los principales cambios en la evaluación? .

Patologías muy frecuentes como las lumbalgias o cervicalgias tendrán criterios de evaluación mucho más estrictos, dificultando el reconocimiento de la incapacidad incluso con estudios médicos de respaldo.

Lesiones de rodilla y hernias: Se han reducido los topes máximos de incapacidad. Lo que antes se consideraba una lesión moderada, ahora podría recibir una calificación mínima.

Problemas de la voz: Para quienes trabajan en docencia o atención al cliente, el proceso para reconocer una disfonía profesional ahora será más largo y con porcentajes de resarcimiento menores. Salud Psíquica: Se han endurecido los requisitos, para que una afección psicológica sea considerada derivada del ambiente de trabajo.

El cambio normativo establece que, el nuevo baremo se aplicará a todos aquellos casos que aún no tengan un dictamen de incapacidad firme. Esto significa que, si usted tiene una dolencia persistente o un trámite demorado en la SRT, la entrada en vigencia de esta norma el próximo mes podría reducir el monto de su indemnización de forma automática. El objetivo del nuevo sistema, es buscar “previsibilidad en los costos”, pero esto se traduce en una reducción de los porcentajes de incapacidad reconocidos para el trabajador.

Por ello, ante un sistema que se vuelve más restrictivo, la clave es el respaldo médico y legal sólido. Ya no basta con tener el dolor; es necesario presentar pruebas técnicas que cumplan con las nuevas exigencias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. ¿Evolución o involución?

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