Casos / Por Dr. Emmanuel Langone
Cuando el "escrache" digital te sale millones de pesos: el precio de la calumnia en redes sociales
¿Hasta dónde llega nuestra libertad de expresión y dónde comienza el delito y el daño?Era una tarde como cualquier otra. Mi cliente, a quien llamaremos Carlos, se encontró con una sorpresa en Facebook. En una publicación, una persona lo acusaba con nombre y apellido, de haber robado materiales de construcción, con afirmaciones del tipo "ese chorro se llevó materiales de construcción". Lo más grave era que los materiales robados nunca existieron, y las acusaciones eran totalmente falsas. La publicación se viralizó, y los comentarios de odio se multiplicaron. En cuestión de días, la reputación de Carlos, construida durante años, se vio manchada y su trabajo se vio afectado.
Hoy, la persona que lo acusó, a la que llamaremos Ana, no solo enfrenta una querella penal por calumnias e injurias, sino también una acción civil millonaria por daño moral. Carlos le reclama una suma considerable para reparar el enorme perjuicio que le causó a su buen nombre y honor. Este caso, que bien podría ser el de cualquier vecino, nos obliga a reflexionar sobre una pregunta urgente en tiempos de redes sociales: ¿hasta dónde llega nuestra libertad de expresión y dónde comienza el delito y el daño?
La jurisprudencia de la provincia de Buenos Aires, cada vez más, se está adaptando a esta nueva realidad. Un fallo, que sienta un precedente importante, lo deja bien claro. La Cámara Civil y Comercial de San Isidro, en la causa "G. L. M. c/ A. C. B. s/ Daños y Perjuicios" (expte. N° SI-16447-2023), resolvió un caso similar con una condena contundente. El demandado había publicado una serie de afirmaciones falsas y agraviantes contra una persona en Twitter. El tribunal no solo consideró que la publicación constituía un acto de difamación grave, sino que también tuvo en cuenta la masividad y el poder de réplica de las redes sociales para determinar la gravedad del daño moral.
La sentencia destaca que el honor es un derecho personalísimo, esencial para la dignidad humana. A diferencia de lo que muchos creen, el anonimato o el uso de seudónimos en redes sociales no eximen de responsabilidad. La Justicia tiene la potestad de solicitar a las plataformas la identificación de los usuarios, y el peso de la ley recae sobre la persona real, no sobre su perfil digital.
En este tipo de casos, la jurisprudencia bonaerense es enfática: la "libertad de expresión" no es un cheque en blanco para calumniar. Es un derecho que tiene como límite el daño que se causa a la reputación ajena. El daño moral, en estos contextos, no es una mera cuestión económica; es un modo de reparar el dolor, la angustia y el descrédito que se ha provocado. La suma que mi cliente reclama busca reflejar la gravedad del perjuicio, el tiempo que le tomará recuperar la confianza de sus vecinos y la necesidad de sentar un precedente para que otros piensen dos veces antes de "escrachar" a alguien.
La tecnología avanza más rápido que el derecho, pero nuestros tribunales están dando pasos firmes para proteger los derechos básicos. La historia de Carlos nos recuerda que nuestras palabras tienen un peso, y que lo que decimos en la red, tiene consecuencias muy reales.