Casos / Por Dr. Emmanuel Langone

El precio de un affaire a la vista de todos: ¿Nace el "Daño Moral 2.0"?

Si antes el divorcio era un trámite para separarse, ahora podría convertirse en un campo de batalla donde el arma más letal no es un abogado hábil, sino un buen diagnóstico de estrés post-traumático.
domingo, 26 de octubre de 2025 · 08:01

Cuando el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) despenalizó el divorcio, eliminando la "culpa" y, con ella, la infidelidad como causal de castigo, muchos suspiraron aliviados. Parecía el fin de las batallas maritales con olor a escarnio público y, sobre todo, a billetera abierta. Pero, como bien sabemos, en Argentina la Justicia siempre encuentra una puerta lateral, y esta vez viene con olor a hotel alojamiento y sabor a indemnización.                                                               

El reciente fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa, nos acaba de recordar una vieja máxima legal, el deber de no dañar a otro sigue vigente, incluso dentro del matrimonio.                                          

La anécdota es de película de enredos: un hombre ve a su esposa saliendo de un motel con otro. El hecho se viraliza (se "hace público", como dice el expediente) y a él, en su entorno, le destroza la autoestima y su vida social. El quid de la cuestión no fue la infidelidad en sí misma, sino el daño moral comprobado que la exposición generó.

El tribunal fue sagaz. Remarcó que el Código ya no castiga el "desvío" conyugal, pero sí permite reclamar si se prueba un perjuicio. Y aquí está la clave moderna: el dolor ya no es un lamento, es un resultado pericial. El informe psicológico y los testimonios validaron que la humillación, la angustia y el menoscabo a su proyecto de vida familiar eran reales, cuantificables y, por lo tanto, indemnizables.                       

¿Nació una puerta abierta al reclamo emocional masivo? Este fallo sienta un precedente que, si no es frenado, podría inundar los tribunales. Si antes el divorcio era un trámite para separarse, ahora podría convertirse en un campo de batalla donde el arma más letal no es un abogado hábil, sino un buen diagnóstico de estrés post-traumático.                                                                                                                   

¿Significa esto que, a partir de ahora, cada engaño en el país podrá ser monetizado? Claro que, no toda infidelidad genera daño, sólo aquella que afecta comprobablemente la dignidad. Pero la línea es delgada. ¿Quién traza la frontera entre el dolor normal de un divorcio y el daño moral resarcible? ¿Hasta dónde llega el derecho de la persona engañada a reclamar y dónde empieza el riesgo de convertir toda ruptura traumática en una causa por daños y perjuicios? La Pampa nos ha dado la respuesta, pero el debate recién empieza.                                      

Este caso es mucho más que un chisme judicial; es la redefinición de lo que la ley entiende por "daño" dentro de la pareja. ¿Cree usted que este fallo es un acto de estricta justicia para quien fue humillado públicamente, o considera que es un retroceso que pone precio al desamor y podría judicializar cada ruptura matrimonial en Argentina? ¡Deme su opinión y abramos el debate!.

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