Casos
ART debe indemnizar a chofer agredido
Por Dr. Emmanuel LangoneEn un reciente fallo, la justicia de Mercedes ordena indemnizar a un trabajador del transporte público, condenando a la aseguradora a cubrir el tratamiento por estrés postraumático. Además, la aseguradora deberá cubrir íntegramente el tratamiento psiquiátrico de un trabajador de transporte que fue agredido por un pasajero. El caso surgió cuando un chofer de colectivo del transporte público, recibió un golpe en la nuca de un pasajero que se encontraba según los testigos, en un estado muy alterado, semi alienado, como si estuviera bajo los efectos de estupefacientes. Tras el incidente, el trabajador damnificado, fue atendido y la ART le otorgó el alta médica luego de brindarle simples prestaciones. Sin embargo, por una pericia de parte, se pudo determinar por especialistas en salud mental, que el trabajador continuaba presentando síntomas de estrés postraumático, insomnio y episodios de pánico, lo que requería la prolongación de su tratamiento.
El tribunal consideró que el caso revestía carácter de urgencia debido a la “necesidad fundamental de dar una respuesta útil y oportuna al reclamo de los justiciables”, en consonancia con la medida autosatisfactiva solicitada.
En el fallo, se destacó que tanto el certificado del médico tratante como el informe psicodiagnóstico, elaborado por el perito de parte e inclusive elaborado por la ART, demostraban la verosimilitud del derecho del trabajador, así como la urgencia de brindarle las prestaciones necesarias para evitar un mayor deterioro de su salud, derecho esencial reconocido tanto en la Constitución Nacional como en el artículo 59 de la Constitución Provincial. Los magistrados también señalaron, que no existía otra vía procesal adecuada que evitara el dictado de la medida, dada la falta de respuesta de la ART a los reclamos del trabajador y la falta de atención tras el accidente. Subrayaron que, en un proceso urgente, el dictado de una resolución anticipatoria, a diferencia de una medida cautelar, requiere la existencia de una “urgencia pura”, situación en la que existe una alta probabilidad de que el justiciable sufra un daño irreparable sin una respuesta judicial inmediata. Celebramos criterios como estos, que saben comprender la amplitud de daño a la salud mental, que pueden venir aparejados por la demora en las prestaciones, que en muchos casos ART otorga de manera limitada y caprichosa.