Proyecto de ley
El diputado Britos propone beneficios para bomberos voluntarios accidentados
Se relacionan con subsidios por fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente, sufridas en actos de servicio.Un proyecto de Ley muy importante para todos los Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la provincia fue generado por el diputado provincial Fabio Britos, componente del unibloque 17 de noviembre, con la intención de permitir un resarcimiento económico a los servidores públicos que sufran lesiones que generen incapacidad y hasta la muerte en actos de servicios.
La intención cayó muy bien dentro de los legisladores bonaerenses, por lo que se espera un inmediato tratamiento y la aprobación.
Los fundamentos esgrimidos por el moquehuense expresa: El presente proyecto propicia la modificación de la Ley 12975 Sobre subsidio por fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente acaecida en o por actos de servicio de agentes que integran la Federación de Bomberos Voluntarios.
Razones de justicia y equidad, motivaron la elaboración del proyecto que amplía el restringido marco de aplicación del texto vigente, al hacer extensivo el beneficio a los agentes cuyos ingresos económicos particulares provengan de actividades autónomas o se encuentren temporariamente desocupados y resulten heridos en actos de servicio, hasta que reciba el alta médica que le permita estar en condiciones de retomar sus tareas laborales cubriendo así un vacío legal.
Por los fundamentos anteriormente mencionados y por la importancia que reviste este tipo de acontecimientos, es que solicito a las Señoras y Señores Diputados la aprobación del presente Proyecto de Ley.
El Senado y la Honorable Cámara De Diputados de la Provincia De Buenos Aires sancionan con fuerza de ley
ARTÍCULO 1°: Incorporase a la Ley 12975 el siguiente artículo:
Artículo 1° Bis: Los Bomberos Voluntarios cuyos ingresos económicos particulares provengan de actividades autónomas o se encuentren temporariamente desocupados y resulten heridos en actos de servicio recibirán un subsidio mensual equivalente al monto total, sujeto a aportes previsionales, que percibe mensualmente un Sargento Primero del escalafón de la Policía de la
Provincia de Buenos Aires hasta que reciba el alta médica que le permita estar en condiciones de retomar sus tareas laborales.
Fabio Gustavo Britos. Bloque 17 de noviembre. Honorable Cámara de Diputados Provincia de Buenos Aires