Casos
Una vecina recibió dos facturas de 200.000 pesos de luz, viviendo en 55 metros cuadrados
Por: Dr. Emmanuel LangoneEn reiteradas ocasiones en el programa radial de Héctor Pedro Denezio, escuché aberraciones en los montos que arrojaron facturas de luz o gas. Pero en esta ocasión, me consulta una persona (que obviamente corresponde reservar su identidad), la cual recibió dos facturas de consumo de energía eléctrica de 200.000 pesos cada una o sea 400.000 pesos. Ahora bien, les confieso que mis primeras preguntas fueron las siguientes: ¿en cuántos metros cuadrados vive? Imaginando una respuesta asimilable a 200 metros cuadrados, por tan cuantioso consumo de energía. La realidad fue muy distante a lo imaginado, tan solo fue de 55 metros cuadrados. La siguiente pregunta ¿Cuántas personas habitaban la vivienda? Imaginando también un importante grupo familiar. Les cuento que solo ella reside en el inmueble, el cual por su trabajo ocupa por muy pocas horas.
Ahora bien, ¿qué corresponde hacer en estos casos? Bueno, lo primero, es consultarle a un electricista que logre acreditarnos la inexistencia de pérdidas energéticas, que puedan disparar las mediciones y nos otorgue prueba documentada de que dicha medición no responde a “errores internos” de la vivienda.
Sepan que muchas de las inconsistencias en facturación, responden además a cambios de categorías (también por “error”), adelanto de cobro de aumentos encubierto y deuda que se va acumulado con intereses muy elevados.
Luego les recomiendo, realizar un pedido formal de revisión del medidor. Si en dicha medición se constatara el error, o sea, se resuelve a favor del usuario, éste puede reclamar una compensación del 25% por ciento del importe cobrado o reclamado indebidamente. Si, por el contrario, no hay respuesta a la petición pasados 15 días, se debe formalizar reclamo al Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA).
En cuanto al consumo de GAS natural, sepan que existieron fallos, que permitieron que no se puede cortar ni interrumpir por falta del pago el servicio, y el mismo provino de la Justicia Federal de Dolores, que así lo estableció, por 90 días, hasta que se presentó el gobierno y el organismo de control para debatir sobre la cuestión de fondo. El autor fue el juez federal de la ciudad bonaerense de Dolores, Alejo Ramos Padilla, quien hizo lugar a un amparo colectivo y ordenó a las distribuidoras de gas "abstenerse" de aplicar cortes o suspensiones en el servicio como consecuencia de la falta de pago de los usuarios. Si cortaron el servicio, hay que reclamar ante la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.
Las denuncias a OCEBA, se realizan a través de esa vía virtual de comunicación, son evaluadas y, en los casos que corresponde, se envía la facturación a una casilla de correo electrónico del organismo. El tiempo de respuesta es de 48 horas y si la factura está mal hecha le aplicarán una multa a la empresa.
Por último y como siempre, contamos con la vía judicial. La forma de reclamar, es mediante una acción o recurso de amparo, que evitará el corte del servicio, y abonar lo cobrado el mes anterior. Estos recursos de amparo, se fundamentan en que los servicios públicos esenciales son un derecho humano y que las sociedades modernas no pueden prescindir de los mismos porque resultan vitales para la subsistencia, explicando en la presentación, el peligro en la demora y verosimilitud de la petición en su fundamentación.
También, en las presentaciones legales se apela a que con los tarifazos se pone en riesgo las economías personales de cada uno de los ciudadanos afectados. Estas herramientas legales, están contenidas en la Ley de Acción de Amparo 16.986. Las acciones de amparo que se presentan ante los tarifazos, están apoyadas en derechos constitucionales. El artículo 42 de nuestra Carta Magna, menciona en el marco de los derechos de los usuarios y consumidores que “Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos”. A la hora de basarse en los derechos humanos para iniciar acciones de amparo, otro marco legal es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Esperemos en el caso mencionado, que exista un error en la medición, ya que la jovencita no podría ni con su mejor esfuerzo hacer frente a un consumo que jamás tuvo y que, injustamente, pretenden cobrarle.