En la Provincia de Buenos Aires

“El cargo de intendente, admite una sola reelección inmediata”

El pensamiento de Gerardo “Gege” González ex candidato a senador provincial por la alianza Avanza Libertad.
jueves, 9 de diciembre de 2021 · 08:00

La ley es clara e incuestionable, aún así, los intendentes bonaerenses que vienen ejerciendo sus cargos desde 2015, o antes, y deseen intentar permanecer en sus funciones más allá de 2023, no requieren de ninguna modificación a la "Ley Orgánica de las Municipalidades” para lograrlo, porque en su propio texto encuentran la forma legal de hacerlo.

La afirmación que titula esta nota tiene un sustento inequívoco, ya que la "Ley Orgánica de las Municipalidades" Decreto Ley Nº 6769/58, en su Artículo 3º reza: "El Intendente y los Concejales... podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con el intervalo de un período." Queda claro que  el hecho regulado en esta legislación es la reelección, sin importar el tiempo de cumplimiento efectivo en el cargo durante los 4 años del período.

A su vez, la Ley 14.836 que determinó esa redacción en 2016, establece como disposición transitoria en su Artículo 7º que: "El período de los Intendentes... a la entrada en vigencia de la presente Ley será considerado como primer período." Para ratificar la claridad y legalidad de este artículo, basta con recurrir a nuestra Constitución Nacional en cuya disposición transitoria Novena, incorporada en la reforma de 1994, expresa que: "El mandato del Presidente en ejercicio al momento de sancionarse está reforma, deberá ser considerado como primer período."

Por tanto, ningún bonaerense (al margen de la función que se encuentre desempeñando hoy o de aquí al 2023) que haya sido electo intendente en 2015 y reelecto en 2019, podrá volver a ser candidato a intendente del mismo municipio en 2023. Por supuesto que en cualquier otro municipio, cumpliendo con el requisito de residencia, sí estará en condiciones de serlo.

Entonces la forma legal que les ofrece la ley actual para permanecer en el poder en el mismo municipio después del 10 de diciembre de 2023, sin necesidad de realizar ningún planteo judicial ni reforma legislativa, es la de ser candidato a primer concejal y que el nuevo intendente electo solicite licencia o renuncie a su función. De ese modo, el ex intendente, ahora en calidad de concejal, podrá asumir de manera inmediata la función de intendente tal como lo expresa el Artículo 15º de la ya citada "Ley Orgánica de las Municipalidades": "Cuando por cualquier circunstancia, temporaria o permanente, el Intendente electo no tomara posesión de su cargo, lo reemplazará en forma interina o permanente, según sea el caso, el primer candidato de la lista de concejales del partido al que perteneciera, que hubiera sido consagrado juntamente con aquél."

De este modo, una vez más, las candidaturas "testimoniales" ya convalidadas en varias oportunidades por los electores de diferentes espacios políticos, les permitirán a los intendentes bonaerenses perpetuarse en el cargo, tantas veces como la mayoría de sus electores se los permita.

En Democracia, dentro del marco del derecho, no hay ley más fuerte que la voluntad popular. Y esta no sería la excepción, mientras tengan los votos, los intendentes eternos seguirán teniendo su sillón.

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Comentarios

9/12/2021 | 13:16
#164795
Que ignorante pensamiento, quiero creer que el Sr. no es abogado ?