Por la pandemia del COVID-19

Asistencia para el pago de sueldos de Emergencia al Trabajo y la Producción

El Centro Comercial, Industrial y Servicios de Chivilcoy informó que está enfocado a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.
viernes, 3 de abril de 2020 · 08:55

El Centro Comercial, Industrial y Servicios de Chivilcoy informa que el gobierno nacional confirmó la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, para el pago de sueldos, por medio del decreto 332/2020.

El mismo, está enfocado a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria y consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:

-Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

-Asignación Compensatoria al Salario, para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados. Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente, es decir, $ 16.875. Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del SMVM. Y para las firmas que tienen entre 61 y 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del SMVM vigente.

-REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 trabajadores. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.

-Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores que reúnan los requisitos previstos en las Leyes 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo conforme las consideraciones estipuladas en el artículo 11 del presente decreto. Lo que establece este artículo es que se elevarán, durante el período que defina la Jefatura de Gabinete, los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de $ 6.000 y un máximo de $10.000 pesos. Hasta ahora, los valores oscilaban entre $ 3.000 y 6.000 pesos, por lo que se duplican.

Para acceder al beneficio

Según el decreto, los requisitos para que las empresas puedan acceder al beneficio son los detallados a continuación:

-Que las actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.

-Que tengan una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado de algún familiar relacionadas al COVID 19.

-Que acrediten una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.

Cabe destacar que según especifica la norma, los beneficios no incluyen a las actividades consideradas esenciales que se encuentran trabajando durante el período de aislamiento obligatorio.

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