Sesiona el Concejo Deliberante

La modificación de la ordenanza de fuegos artificiales sobresale en el orden del día

La comisión Pro-festejos de la Fiesta de la Virgen del Carmen, pretende ser autorizada para recuperar el tradicional cierre de cada año
jueves, 12 de julio de 2018 · 00:00

Esta noche a las 20 horas, se realizará una sesión ordinaria del Concejo Deliberante de nuestra ciudad, la primera de las dos programadas para el mes de julio.

Los temas incluidos en el orden del día no parecen tener mayor nivel de discusión, aunque habrá que esperar el momento de la sesión para conocer lo que realmente puede suceder.

El tema más polémico, que seguramente tendrá varios minutos de tratamiento, parece ser el pedido de la comisión pro-festejos de las fiestas patronales de la Virgen del Carmen, a realizarse el domingo 22 de julio, frente a la iglesia de la avenida Villarino.

Los vecinos de la iglesia conducida por el padre Gustavo González, pretenden la reformulación de la ordenanza 8356 relacionada con la limitación en el uso de pirotecnia, clásico en el cierre de los festejos en cada año.

La ordenanza fue promulgada en el año 2016, y lógicamente sólo el Concejo Deliberante puede modificarla.

 

Orden del día

El orden del día para el tratamiento de los temas más importantes, es el siguiente:

-Secretaría de Hacienda eleva proyecto de ordenanza por el cual se aprueban planillas de sueldos individuales, correspondientes a julio, agosto y octubre de las actividades que se realizan en los diferentes CIC y SUM.

-Secretaria de Seguridad, proyecto de ordenanza por el cual se establece una red de ciclovías protegidas en Chivilcoy, con el objetivo de promover e incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte en el marco del programa “Chivilcoy en Bici”.

-Comisión Pro-Festejos en honor de la Virgen del Carmen, solicita reformulación de la Ordenanza 8356 (relacionada con los fuegos artificiales).

-Bloque 1País, solicita se declare de interés municipal la Cuarta edición del torneo de fútbol “Copa Ciudad de Chivilcoy” organizado por el club Independiente entre el 18 al 22 de julio del corriente.

-Municipalidad de Chivilcoy, aceptación de donaciones recibidas durante el período 2017.

-Bloque 1País, proyecto de ordenanza sobre beneficio de estacionamiento medido para los Veteranos de Malvinas.

-Bloque Unidad Ciudadana proyecto de comunicación, repudio a la resolución 1736/17 del Ministerio de Educación de la provincia de Buenos Aires.

-Bloque Cambiemos, proyecto de resolución solicita instar al tratamiento del proyecto de extinción de dominio y repatriación de bienes que fuera ingresado el 27 de junio de 2016 en la Cámara de Diputados de la Nación, bajo el número de expediente 31/16.

-Bloque concejales Cumplir, eleva proyecto de ordenanza creáse la Comisión de Educación Vial Ciudad de Chivilcoy.

 

 Ordenanza  Nº 8356.-

A continuación compartidos los artículos más importantes, relacionados con el pedido de la comisión Pro-Festejos de la Virgen del Carmen

Artículo 1.- Prohíbase en todo el ámbito de la ciudad de Chivilcoy la fabricación, comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia con efecto audible o sonoro cualquiera fuera su naturaleza y característica, y específicamente los clasificados como venta libre, que se detallan a continuación:

No se autorizará la registración de artificios pirotécnicos de trayectoria impredecible, ni los que emiten señales luminosas, fumígenas o de estruendo suspendidas de paracaídas, excepto aquellos cuya altura máxima de apertura resulte inferior a los CUARENTA (40) metros y su duración hasta la total extinción no sea mayor a los DIEZ (10) segundos.

Artículo 3.- En las celebraciones de interés general y previa autorización del Municipio, pueden utilizarse fuegos de artificio lumínicos y fumígenos, estando prohibidos los audibles o sonoros, y en la que el mismo sea manipulado por personas especializadas y en áreas autorizadas. Se invita al Departamento Ejecutivo a reemplazar, durante los espectáculos públicos, los fuegos artificiales por Pirotecnia fría y juegos de láser y luces.

Artículo 9.- Invitase al Departamento Ejecutivo a coordinar los “controles especiales”, de ser posible, con el destacamento de bomberos, agentes de Inspección general municipales, las autoridades policiales pertinentes y el RENAR, autorizándose el ingreso de las antes mencionadas en forma conjunta o individual a los establecimientos comerciales para verificar lo establecido en las leyes u ordenanzas en vigencia.

Las autoridades de aplicación y control de la presente ordenanza son la Secretaría de Seguridad, Habilitaciones, Dirección de Educación, la Secretaría de Salud y la Secretaria de Calidad Alimentaria, Zoonosis y Medio Ambiente (CAZMA) o el organismo que en el futuro los reemplace trabajando en forma conjunta pertenecientes a la Municipalidad de Chivilcoy.

Artículo 10.- El Departamento Ejecutivo realizará campañas de concientización sobre el uso y los riesgos de las pirotecnias aun permitidas con el objetivo de concientizar respecto de los efectos negativos de su uso, teniendo en cuenta los siguientes parámetros, los que podrán ser modificados según las sugerencias de, las agrupaciones proteccionistas, la Secretaría de Salud de la Municipalidad, la Secretaría de Seguridad y CAZMA teniéndose solo como autorizadas la pirotecnia fría, con efecto fumígeno o lumínico único y exclusivo, y prohibida toda pirotecnia de efecto sonoro o audible de cualquier naturaleza y característica.

Artículo 12.- Deróguese toda norma anterior que se oponga a la presente.

 

 

Comentarios

12/7/2018 | 11:36
#164795
bien bien , que la autorizen