Fútbol
Sanciones del Tribunal de Penas
El órgano que opera con los expedientes de todos los partidos de todas las categorías organizados por la Liga Chivilcoyana, se expidió con fecha 17 de abril, Boletín Oficial N° 5.Reunidos los miembros del Honorable Tribunal de Penas que opera con los expedientes según los informes redactados por los árbitros de todos los partidos organizados por la entidad madre del fútbol local, se dictamiaron los siguientes fallos:
Nota presentada por el Club Social y Deportivo 22 de Octubre en relación al jugador Serrano Maku Esteban DNI: 42.258.260, se da lugar al pedido según lo establecido en el artículo 223 del RTP atento a que se suspendió por razones climáticas.
Nota presentada por el Club Social y Atlético Huracán en relación a los jugadores Lautaro García y Ponce Damián, se da lugar al pedido, dándose por cumplida 1. fecha a los mismos según lo establecido en el art. 223 del RTP, atento a la suspensión del partido por razones climáticas.
Nota •presentada por el Club Social Deportivo San Lorenzo de Alberti en relación a los jugadores Alonso Martín y Muglia Jerónimo, no se da lugar al pedido, atento que el artículo 223 no contempla el cumplimiento de la pena cuando el equipo tenga fecha libre.
EXPTE N° 2401032: En razón de lo establecido en el artículo 22 del RTP se suspende en forma provisional a los jugadores:
Juan Ignacio Gatica
Fragueiro Santiago Daniel
Nota del jugador Nicolás M. Santillán DNI 39.920.443, éste tribunal se va a abocar al estudio del caso.
Nota del Club Social y Deportivo Cerámica Argentina, se tomó declaración a los árbitros del partido y se resolverá en consecuencia.
Presente los señores: Arguelles Ana Sol, De Lorenzo Cristian Hernán, Frascino Luis, Martino Gustavo, Logarzo Gisela.