Por Luis Angel Desia
Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad
Se trata de un Tratado Internacional suscripto en la República de Guatemala el 8 de junio de 1999 y aprobado por el Congreso Argentino el 6 de julio del 2000, sancionado en Ley Nº 25280. Así, Argentina se constituye en Estado Parte de dicha Convención, cuyo espíritu y fin es reafirmar que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas; y que estos derechos, incluido el de no verse sometidos a discriminación fundamentada en la discapacidad, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano, principio que se basa en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en su artículo 3, inciso j establece como principio que "La justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera".
Sin embargo, a pesar que nuestro país adhirió a compartir tan humano compromiso, observamos que en la realidad las cosas son distintas con un comportamiento institucional indiferente como discriminatorio para con el segmento de personas discapacitadas lo cual se refleja, en medio de la diversidad de las adversidades, aparecen los casos de los abuelos jubilados que necesitan rehabilitación y aparatología, su obra social PAMI, demora meses en entregárselos, actitud con la cual se perjudica aún más la recuperación de su salud mortificando y disminuyendo la calidad de vida en la vejez. En esta cuestión, el Estado debe estar presente sin omitir cumplir compromisos asumidos para eliminar factores y acciones discriminatorios.
Luis Angel Desia
(ex-concejal municipal M.I., detenido político y víctima del terrorismo de estado).