Publicación pedida

Una colaboración

Dr. Horacio D. Cufré – Abogado UBA
domingo, 25 de enero de 2015 · 00:00

De acuerdo a la legislación vigente, los recursos de apelación en la competencia federal, después de su presentación, el expediente se remite a la Cámara respectiva, en donde se sortea la Sala.

Obviamente se debe notificar que Sala le tocó y si el apelante está conforme dentro del término legal, debe fundar el recurso. Después, se debe notificar la expresión de agravios y recién, posteriormente, sigue el juicio su trámite.

Desde mi mirada, considero muy burocrático el procedimiento. Veamos: propongo se modifique el Código procesal y que se autorice a fundar el recurso a Cámara en Primera instancia, etc.

En estos casos, la ley debiera sancionar que, al utilizar este procedimiento, el Código debe establecer que su utilización implica para el apelante la aceptación anticipada de cualquier Sala que le toque en sorteo. Sugiero que la Federación argentina de Abogados se expida respecto a mi propuesta. El Dr. Horacio Vero de Chivilcoy, seguramente pueda contribuir.

¡No estoy en contra de nadie, sino a favor de todos!

 


Horacio D. Cufré – Abogado UBA – Especialista en Ciencias Políticas UNLP – Ex profesor a cargo de cátedra Seguridad Social UNLU – Ex asesor letrado del HCD de La Matanza (Bs.As.)

Comentarios