ASEGURADORAS

Rechazan el pedido de inconstitucionalidad de la nueva Ley de ART

"Es una situación inédita que se pretenda la suspensión de la aplicación de una ley -antes de su entrada en vigencia- y en forma general", expresó la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), al rechazar un planteo de inconstitucionalidad de la norma legal, que fue promulgada en fecha reciente.
lunes, 27 de febrero de 2017 · 12:27
La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) remarcó que "no está prevista en la legislación" la acción judicial del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que planteó la inconstitucionalidad de la ley 27.348, de reforma del régimen de accidentes laborales, recientemente promulgada.

"El control de constitucionalidad es sobre el caso concreto y no un control difuso", subrayó la UART en un comunicado difundido hoy y en el que puntualiza que "no se ajusta a la realidad que se encuentre pendiente el dictado de la reglamentación de la ley N° 27.348".

"Es una situación inédita que se pretenda la suspensión de la aplicación de una ley -antes de su entrada en vigencia- y en forma general, privando a la sociedad toda de lo decidido por el Congreso de la Nación, resultando un tanto apresurado el abordaje de un tema tan delicado y serio", subrayó.

La ley, que el Gobierno promulgó el viernes pasado, establece entre otros puntos que todos los trabajadores que sufran accidentes laborales deberán presentarse ante Comisiones Médicas Jurisdiccionales antes de presentar denuncias judiciales contra sus empresas.
El Colegio de Abogados porteño presentó una acción de amparo judicial en el que pide que esta normativa sea declarada inconstitucional.

En opinión de la, asociación de letrados, la ley "cercena el derecho de propiedad, el de acceso a la justicia, el de debido proceso, e! de juez natural y e! de seguridad social de los trabajadores afectados por una enfermedad o un accidente laboral, así como el derecho de propiedad y e! de trabajar de los profesionales abogados".

Pero la UART sostuvo que "no hay una afectación al ejercicio de la profesión", debido a que "la ley obliga a todo trabajador a concurrir ante las comisiones médicas con patrocinio letrado y, en caso de no tenerlo, se le proveerá de forma gratuita".

Además, indicó que "la resolución administrativa que se adopte es revisable ante los juzgados ordinarios de competencia laboral", con lo cual remarcó que "sigue siendo necesaria la participación de los letrados de los trabajadores, cuyos emolumentos estarán a cargo de la ART según lo establecido en la reglamentación".

"El amparo refleja un desconocimiento de la norma sancionada, a la que se pretende oponer diversos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que se dictaron en situaciones diferentes a la nueva ley, en la cual se requiere la adhesión de las provincias para su funcionamiento del procedimiento en las mismas", señaló la UART.

Asimismo, destacó que "el procedimiento es acotado en el tiempo y sensiblemente más corto que el proceso judicial y similar al del Seclo (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) que se aplica ante un conflicto en las relaciones laborales.

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