La normativa comenzará a regir el 3 de diciembre

AUMENTAN LOS CONTROLES PARA ACOPIO, TRASLADO Y VENTA DE GRANOS

sábado, 25 de octubre de 2014 · 00:00

LA PLATA, oct 23 (DIB).- El Gobierno aumentó los controles a la venta, traslado y acopio de granos con un nuevo sistema electrónico en el que deberán estar consignados todos los movimientos que tanto los productores, acopiadores como negociadores, hacen con dicha mercadería. 
La normativa comenzará a regir a partir del 3 de diciembre. Desde la AFIP se anunció, a través de un boletín informativo, los nuevos requisitos que deberán cumplir las personas que estén involucradas en el negocio de los granos. 
En el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que toda operación de "depósito, retiro y/o transferencia" de granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos) y de legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas) deberá ser consignada a través de un "régimen especial obligatorio para la emisión electrónica".
El nuevo régimen constituirá la única documentación respaldatoria de dichas operaciones", según establece la Resolución General 3691. Abarcará la emisión electrónica de la "Certificación Primaria de Depósitos de Granos", la "Certificación Primaria de Retiro de Granos" y la "Certificación Primaria de Transferencia de Granos". 
Liquidación Secundaria de Granos Además de lo resuelto en la jornada de ayer, en el Boletín Oficial de hoy se publicó también la Resolución General 3690, que establece "un régimen especial obligatorio para la emisión electrónica de la 'Liquidación Secundaria de Granos' para respaldar las operaciones de compraventa y, en su caso, de consignación" de cereales, oleaginosas y legumbres secas. 
Si bien el nuevo sistema ya estaba siendo aplicado en el ámbito de los productores a lo que se apunta a ahora es a alcanzar a los acopiadores y corredores. 
La medida anterior sólo podía contabilizar lo que los productores tenían en su poder. Ahora el gobierno tendrá la chance con este nuevo método de registración de poder acceder a las transacciones que se realizan en el llamado mercado de derivados y opciones.
Los dos textos señalan además que el Gobierno "podrá limitar o autorizar excepcionalmente la emisión" de certificados para controlar lo declarado por los productores, acopiadores y corredores de granos. La revisión se hará "sobre la base de parámetros objetivos de medición, de acuerdo con la magnitud productiva y/o económica y/o uso de los comprobantes que así lo ameriten, conforme a la situación fiscal del contribuyente", consignan. (DIB) 

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